El abogado de visas O-1 debe determinar primero si existen documentos objetivos que demuestren que sus logros cumplen los criterios de O-1. O-1 es un estatus de trabajo temporal para personas con aptitudes o logros extraordinarios, no una tarjeta de residencia. O-1A corresponde a ciencias, educación, negocios y deportes; O-1B, a las artes, el cine y la televisión. En general, se requiere un premio importante o cumplir al menos 3 criterios reglamentarios, además de superar la evaluación global del funcionario. La petición debe presentarla un empleador o agente estadounidense; el beneficiario no puede presentarla por su cuenta. Información vigente al 6 de noviembre de 2026.
O-1A ¿Qué evidencia debemos analizar?
Para O-1A hay que demostrar reconocimiento nacional o internacional sostenido y pertenecer al pequeño grupo situado en la cima del campo profesional. Si no se cuenta con un premio internacional importante, como el Nobel, deben cumplirse al menos 3 de los siguientes 8 criterios:
- Premios reconocidos a nivel nacional o internacional;
- La membresía de la asociación requiere logros sobresalientes;
- Información sobre el trabajo del solicitante en publicaciones profesionales o medios de gran difusión;
- Revisión real del trabajo de otras personas, no se contarán aquellos que solo fueron invitados pero no revisaron;
- Contribución original de importancia significativa en el campo;
- Publicar artículos académicos;
- Ocupar puestos clave en instituciones acreditadas;
- Salario o remuneración elevados.
Cuando una norma es verdaderamente inapropiada para la profesión, se pueden presentar pruebas comparables, pero se debe explicar por qué no es aplicable y por qué el material alternativo es equivalente.
O-1B ¿Qué evidencia deberíamos considerar?
En las artes debe acreditarse distinción en el campo. Si no se cuenta con un premio importante, como un Óscar, un Emmy o un Grammy, deben cumplirse al menos 3 de 6 criterios: papel protagonista o destacado en producciones reconocidas, reseñas en medios de comunicación importantes, un papel principal en organizaciones reconocidas, éxito comercial o de crítica, reconocimiento de organizaciones o críticos del sector y una remuneración elevada. Para cine y televisión rigen criterios específicos y no pueden utilizarse pruebas comparables.
Suficientes elementos 3 no son suficientes
Cumplir 3 criterios es solo el umbral inicial. Después, el funcionario valora todas las pruebas para determinar si se alcanza el estándar en conjunto. Desde agosto de 2026, la falta de pruebas iniciales puede dar lugar a una denegación sin solicitud de pruebas adicionales; prepare el expediente completo antes de presentarlo. O-1 es un estatus temporal; para comparar con los criterios de residencia, consulte EB1A Inmigración de talentos destacados: diez estándares y revisión en dos pasos.
Varios puntos sobre el procedimiento.
- Consejo: Generalmente se requiere una opinión escrita de colegas organizados o profesionales experimentados en la industria. Para cine y televisión se necesita la opinión de sindicatos y organismos de gestión.
- Presentador: Empleadores estadounidenses, agentes estadounidenses, o empleadores extranjeros a través de agentes estadounidenses.
- Hora: Lo más temprano que se puede presentar es 1 año antes del empleo, y USCIS recomienda al menos 45 días de anticipación.
- Periodo de aprobación: El primer periodo máximo es de 3 años, que se determinará en función de las necesidades reales de la actividad.
- Dependientes: Los cónyuges e hijos menores de 21 pueden solicitar O-3. No pueden trabajar pero sí estudiar.
Costo
En la categoría O del I-129, la tarifa es de USD 1,055 en papel y USD 1,005 en línea; para pequeños empleadores u organizaciones sin fines de lucro es de USD 530. La Asylum Program Fee es de USD 600 para empleadores generales, USD 300 para pequeños empleadores y USD 0 para organizaciones sin fines de lucro. La tramitación prioritaria cuesta USD 2,965, con un objetivo de 15 días hábiles, sin cambiar los criterios de evaluación. Desde el 9 de noviembre de 2026, USCIS solo acepta la edición 09/09/26 del I-129. Las direcciones de presentación en papel cambiaron en octubre; compruébelas antes de enviarlo.
Qué preparar
- Currículum vitae, pasaporte y documentos de identidad vigentes.
- Reglas de selección de premios, estándares de membresía de asociaciones e informes de medios originales.
- Revisar registros, artículos y citaciones, patentes y usos, certificados de salario.
- Contratos o convenios de trabajo y arreglos laborales en Estados Unidos.
- Cartas de consejo y cartas de recomendación con hechos específicos.
Contacto
Lu Xin Law Offices está ubicado en 36-09 Main Street Suite 5-D5 en Flushing, Nueva York. El abogado responsable Michael R. Curran tiene licencia en el estado de Nueva York y Nueva Jersey. Si desea pedirle al abogado de visas O-1 que eche un vistazo a sus materiales, puede llamar al 347-618-3386 para una consulta en chino. Para conocer el contenido del servicio, consulte Servicios legales de inmigración.
Preguntas comunes
¿O-1 es una tarjeta verde?
No. O-1 es un estatus laboral temporal para personas con habilidades o logros sobresalientes.
¿Puedo presentar la solicitud O-1 yo solo?
No. La solicitud debe presentarla un empleador o agente estadounidense; un empleador extranjero también debe hacerlo a través de un agente estadounidense.
¿Es suficiente para cumplir con los estándares 3?
Cumplir con 3 es solo el umbral. Luego, los funcionarios examinarán toda la evidencia para determinar si se cumplen los criterios generales.
Fuentes: uscis.gov, uscis.gov, ecfr.gov, uscis.gov, uscis.gov, uscis.gov, uscis.gov. La información anterior está actualizada a fecha de 6 de noviembre de 2026. Las normas y tasas de inmigración pueden cambiar. Por favor, consulte los últimos requisitos oficiales antes de presentar la solicitud.
Publicidad de abogados (Attorney Advertising). Este artículo es información general y no constituye asesoramiento legal para casos individuales; la elegibilidad, los procedimientos y los resultados dependen de los hechos del caso individual, la ley aplicable y la revisión de la autoridad competente.