En resumen
- Estados Unidos y China son Estados parte de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG). En las compraventas de mercancías entre empresas de ambos países, si el contrato no la excluye expresamente, la convención se aplica automáticamente, y no el Código Comercial Uniforme de Nueva Jersey. Con solo escribir “se aplica la ley de Nueva Jersey” normalmente no basta para excluir la convención.
- Términos comerciales (Incoterms) Determina dónde se transfiere el riesgo de la mercancía y quién hace los trámites de importación. El vendedor que elige DDP (entrega con derechos pagados) asume, como importador, las responsabilidades ante la aduana de EE. UU.
- En disputas transfronterizas se suele elegir arbitraje: ambos países se adhirieron a la Convención de Nueva York, y es más fácil solicitar la ejecución de un laudo arbitral en el otro país que la de una sentencia judicial.
- Antes de exportar, verifique artículos controlados y listas de sanciones. En Estados Unidos, mostrar tecnología controlada a empleados de nacionalidad extranjera también puede contar como “exportación”.
Qué cambia cuando se aplica automáticamente un convenio internacional
- Forma del contrato: La convención no exige forma escrita; los correos, los registros de chat y los usos comerciales pueden probar la formación y el contenido del contrato.
- Disputas sobre cláusulas estándar: Cuando las cláusulas de las órdenes de compra y de las confirmaciones que cada parte envía no coinciden, la formación del contrato y qué cláusulas prevalecen se determinan según las reglas de la convención, y el resultado puede ser inesperado.
- Resolución del contrato: Por lo general se requiere un “incumplimiento esencial” para resolver el contrato; no cualquier incumplimiento permite devolver la mercancía.
- Reclamaciones por calidad: El comprador debe notificar al vendedor dentro de un plazo razonable después de descubrir o de haber debido descubrir el problema, y a más tardar dos años después de la recepción efectiva; de lo contrario pierde el derecho a reclamar.
Si desea que se aplique la ley de Nueva Jersey o la de China y no la convención, el contrato debe decir expresamente que “se excluye la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías”.
Términos comerciales y formas de pago
| Término (Incoterms 2020) | Transferencia del riesgo | A tener en cuenta |
|---|---|---|
| EXW (Ex Works, en fábrica) | Cuando el comprador recoge la mercancía en la fábrica del vendedor | El comprador también se encarga de los trámites de exportación, lo que los compradores en el extranjero muchas veces no pueden hacer |
| FOB (Free On Board, franco a bordo) | Cuando la mercancía se carga a bordo del buque en el puerto de embarque | Solo para transporte marítimo; el flete marítimo y el seguro los organiza el comprador |
| CIF (Cost, Insurance and Freight, costo, seguro y flete) | También al cargarse a bordo | El vendedor paga el flete y el seguro, pero el riesgo de pérdida durante el trayecto ya es del comprador |
| DDP (Delivered Duty Paid, entrega con derechos pagados) | Cuando la mercancía se entrega en el lugar designado por el comprador | El vendedor debe actuar como importador en EE. UU., y asume los impuestos adicionales y multas por declaraciones inexactas |
En cuanto al pago, lo habitual es un anticipo más el saldo contra copia del conocimiento de embarque; cuando los montos son grandes y las partes no se conocen, una carta de crédito es más segura. La carta de crédito paga contra documentos; el banco solo examina si los documentos coinciden estrictamente y no mira la mercancía en sí, por lo que el nombre del producto, la cantidad y las fechas en los documentos no pueden tener ningún error.
Resolución de disputas: elija arbitraje y redáctelo con claridad
- Institución y sede del arbitraje: Por ejemplo, el Centro Internacional para la Resolución de Disputas de EE. UU. (ICDR, con sede en Nueva York), la Cámara de Comercio Internacional (ICC), el Centro de Arbitraje Internacional de Hong Kong y la Comisión de Arbitraje Económico y Comercial Internacional de China (CIETAC). La sede influye en la ley procesal aplicable y en el costo de comparecer.
- Idioma del arbitraje y número de árbitros: Indique si se usará inglés o chino, y si habrá uno o tres árbitros.
- Ejecución: Estados Unidos y China son Estados parte de la Convención de Nueva York, y un laudo arbitral puede presentarse para su reconocimiento y ejecución ante los tribunales del otro país. Ejecutar en China una sentencia de un tribunal estadounidense suele ser mucho más difícil.
- La verdadera parte contratante: Si quien firma es la fábrica misma, una empresa comercializadora o una empresa de Hong Kong, eso determina dónde estarán los bienes sobre los que se podrá ejecutar más adelante.
Controles de exportación y sanciones: verifique antes de exportar
Los controles de exportación de EE. UU. están regulados principalmente por el Reglamento de Administración de Exportaciones (EAR) de la Oficina de Industria y Seguridad (BIS) del Departamento de Comercio, y las sanciones las administra la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro. Antes de exportar, verifique al menos tres cosas:
- Artículo: Si el producto, el software o la tecnología figura en la Lista de Control Comercial (Commerce Control List) y si exportarlo a China requiere licencia. Preste especial atención a los componentes electrónicos, el equipo de semiconductores, ciertos productos químicos y los materiales biológicos.
- Destinatario: Si el comprador, el consignatario o el usuario final figuran en la Entity List, en listas de sanciones u otras listas. La “Lista de Verificación Consolidada” (Consolidated Screening List) del Departamento de Comercio permite consultar varias listas a la vez. Las empresas en las que una persona sancionada tiene directa o indirectamente la mitad o más de las acciones también pueden estar sujetas a restricciones.
- Uso: Si se destina a usos restringidos, como usos finales militares.
“Exportación presunta” (deemed export): Proporcionar tecnología o código fuente controlados a personas de nacionalidad extranjera dentro de Estados Unidos (incluidos empleados y pasantes extranjeros de la propia empresa) se considera una exportación al país de su nacionalidad y puede requerir licencia. Las empresas farmacéuticas, químicas y tecnológicas de Nueva Jersey se topan con este problema con frecuencia.
Violar los controles de exportación y las sanciones puede acarrear multas civiles elevadas, y quienes lo hagan intencionalmente pueden enfrentar responsabilidad penal. Si descubre problemas del pasado, puede considerar una divulgación voluntaria a la autoridad competente.
Lado de importación: aduana y regulación de productos
- Aduana: Clasificación, precio y declaración de origen; vea Qué hacer si lo inspeccionan al importar por el puerto de Newark.
- Regulación de productos: Los alimentos, cosméticos y dispositivos médicos están a cargo de la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA), y los alimentos importados requieren notificación previa; los productos infantiles y similares deben cumplir los requisitos de la Comisión de Seguridad de los Productos de Consumo (CPSC); los productos electrónicos inalámbricos deben cumplir las normas de la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC).
- Acuerdos de distribución: Si se designa un distribuidor exclusivo en EE. UU., indique con claridad el territorio, las compras mínimas, el uso de marcas y las condiciones de terminación. En Nueva Jersey, algunas relaciones de distribución pueden estar protegidas por la ley estatal de protección de franquicias (Franchise Practices Act), y la terminación requiere causa justificada.
Prepare estos documentos antes de la consulta
- Contratos, órdenes de compra, facturas proforma y correspondencia existentes;
- Descripciones y especificaciones técnicas del producto, y el código arancelario (HTS);
- Nombre y país del comprador, consignatario y usuario final;
- Disputas ya ocurridas: fotos de problemas de calidad de la mercancía, informes de inspección y respuestas de la otra parte.
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Lu Xin Law Offices ofrece consultas en chino a empresas importadoras y exportadoras de Nueva Jersey y Nueva York sobre contratos internacionales de compraventa, acuerdos de distribución, cumplimiento de controles de exportación y sanciones, y disputas transfronterizas. Páginas de servicios relacionadas: Abogado de Comercio Internacional de Nueva Jersey, Cumplimiento de Aduanas e Importaciones, Abogado de negocios de Nueva Jersey.
Fuentes: Departamento de Comercio de EE. UU., Administración de Comercio Internacional: Lista de Verificación Consolidada; Departamento de Comercio de EE. UU., Oficina de Industria y Seguridad: Reglamento de Administración de Exportaciones; Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional: Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
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